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EL AYUNTAMIENTO DE MONASTERIO DE RODILLA ALEGA QUE EL PROCURADOR DEL COMÚN NO TIENE COMPETENCIAS PARA SUPERVISAR LA ACCIÓN MUNICIPAL.

EL PROCURADOR DEL COMÚN RESPONDE, RESOLUCIÓN 01/08/2019:

El Procurador del Común es el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León, designado por éstas, que actúa con independencia para la protección y defensa de los derechos constitucionales de los ciudadanos y de los derechos y principios reconocidos en el  presente Estatuto frente a la Administración de la Comunidad, la de sus entes locales y la de los diferentes organismos que de éstas dependan. Por tanto, actúa también frente a los entes locales de la Comunidad como es el caso del Ayuntamiento de Monasterio de Rodilla.

«Se ha declamado mucho contra el positivismo de las ciudades, plaga que entre las galas y el esplendor de la cultura corroe los cimientos morales de la sociedad; pero hay una plaga más terrible, y es el positivismo de las aldeas, que petrifica millones de seres, matando en ellos toda ambición noble y encerrándoles en el círculo de una existencia mecánica, brutal y tenebrosa». BENITO PÉREZ GALDÓS.